El artículo 15 del Reglamento de La Ley de Aguas Nacionales en su fracción I inciso c) señala que la CNA promoverá la integración de la Asamblea de Usuarios, que se constituirá con la participación de las organizaciones de usuarios que los representen, las que deberán estar debidamente acreditadas ante el propio Consejo de Cuenca. La Asamblea de Usuarios no es una organización, sino un acto mediante el cual los usuarios del agua de los siete usos existentes en la región, a través de sus representantes, sesionan para elegir a los vocales al Consejo de Cuenca.
Previo a la celebración de la Asamblea, se llevó a cabo un intenso acercamiento con los representantes de los usuarios del agua, de los usos: agrícola, público urbano, industrial, pecuario y en generación de energía eléctrica, a fin de promover la creación y desarrollo del Consejo de Cuenca e incorporarlos al proceso de integración de los comités regionales por uso y a la elección de los consejeros usuarios, en el marco de la Ley.
En la Asamblea de Usuarios, se integraron los comités regionales de usuarios por uso, quienes libremente eligieron sus consejeros propietarios y suplentes al Consejo de Cuenca. A continuación se muestra un diagrama que ilustra el proceso de selección de la Asamblea de Usuarios.
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